“Deducibilidad del 150%: una opción para financiar proyectos culturales”

por Juan Sebastián Jaramillo
El incentivo es, en teoría, una opción para que artistas y gestores culturales financien sus proyectos. En esta nota te contamos todo lo que debes saber sobre éste, en medio de la crisis económica que aqueja al país.

El Ministerio de Cultura y Patrimonio de Ecuador ha “relanzado” la normativa y el sistema en el cual funciona el incentivo tributario conocido como “Deducibilidad del 150%”. Dicho incentivo salió a la luz a finales de 2019, bajo la administración del expresidente Lenín Moreno y dentro de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria. Fue ratificado en 2021 en la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal.

El incentivo es, en teoría, una opción para que artistas y gestores culturales financien sus proyectos. En esta nota te contamos todo lo que debes saber sobre éste, en medio de la crisis económica que aqueja al país.

Índice de contenido:

1. Contexto

2. Resultados del incentivo

3. ¿Cómo hago uso del incentivo?

Contexto

Ecuador está en crisis. Esta frase no solo ha sido repetitiva a lo largo de la Historia nacional a manera de eslogan, sino que los números lo demuestran. Como es el caso del muy escaso crecimiento económico que venía sufriendo el país desde antes de la pandemia, así como los indicadores de desempleo y pobreza.

Si hablamos del sector cultural específicamente, sabemos que este fue golpeado fuertemente por la pandemia al verse imposibilitado por mucho tiempo (más que otras industrias) de ejercer su actividad económica.

 

Y si analizamos la injerencia estatal, clave en su fortalecimiento y desarrollo, podemos observar que ha sido debilitado sistemáticamente, tal y como lo analiza el Observatorio de Políticas y Economía de la Cultura, de la UARTEs. Esto se ve demostrado en el recorte continuo del presupuesto de las instituciones culturales como el Ministerio de Cultura y Patrimonio, el Instituto Nacional de Patrimonio y los institutos del fomento a las artes, los cuales, por cierto, han estado sometidos a una inestabilidad jurídica durante los últimos años.

Además, la inestabilidad política y la crisis de seguridad han sido otros factores que han minado la “industria” –si se la puede llamar así– cultural. No solo que los productores de eventos culturales han sido víctimas de extorsiones por parte de grupos delincuenciales, sino que muchos eventos de pequeño y gran tamaño han tenido que ser cancelados durante los estallidos sociales y los incontables estados de excepción con sus respectivos toques de queda.

Noticia del diario El Universo, 9 de enero del 2024

Frente a este contexto de inestabilidad y escasos recursos públicos, una de las pocas fuentes de financiamiento que quedan es el sector privado. Los patrocinios y auspicios son una fuente que ha sido manejada históricamente para financiar eventos.

Tradicionalmente, el incentivo que ha tenido el sector privado para financiar eventos culturales es el de obtener exposición o publicidad frente a un público objetivo determinado que se aglomera en el evento cultural.

Sin embargo, esto resultaba muy limitante, ya que los auspicios y patrocinios, al tener metas publicitarias como marca, condicionaban el público objetivo del evento. Y es aquí donde entró la “Deducibilidad del 150%” como un punto de inflexión.

 La Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal (antes, la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria) establece, entre otras cosas, que las personas jurídicas y naturales que patrocinen eventos artísticos y culturales pueden acceder a una deducción del 150% del valor del patrocinio en su conciliación del Impuesto a la Renta.

Es decir, con este incentivo si una empresa o persona auspicia $100 dólares para un evento cultural, el Estado se compromete a deducir en $150 dólares el valor que el patrocinador adeuda en el cálculo del Impuesto a la Renta. Eso sí, siempre y cuando el gestor del evento siga el proceso establecido por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, el cual deberá avalar el patrocinio.

El patrocinio podrá ser monetario o no monetario, es decir, podrá ser dinero o recursos (productos o servicios) que ayuden a costear el evento. Y en cuanto a quiénes pueden hacer uso del incentivo, el Ministerio de Cultura y Patrimonio establece que:

“Podrán acceder las propuestas que se enmarquen en los siguientes campos de acción:

1. Organización y patrocinio de eventos artísticos y/o culturales.

2. Producción y patrocinio de obras cinematográficas.

3. Fomento a las artes y la innovación en cultura.

Las propuestas participantes podrán pertenecer a emprendimientos, artes e innovación, memoria social o al patrimonio cultural”.

Frente a esta propuesta, han surgido críticas de algunos gestorxs culturales que consideran que el incentivo es un traslado de responsabilidades del Estado al sector privado. Frente a esto, la actual Ministra de Cultura y Patrimonio, Romina Muñoz, responde que “esto es parte de una estrategia del Estado para fomentar la Cultura, lo cual no implica únicamente entregar fondos, sino crear una estructura y un ecosistema de responsabilidades”. Además, desde su visión, “el Estado lo hacemos todos y lo hace el sector privado también.”

¿Cuáles han sido los resultados de este incentivo?

Según cifras del Ministerio, en 2021 se recibieron 294 solicitudes de avales por parte de gestores, de las cuales fueron aprobadas 68, generando una tasa de aprobación del 23%.

En 2022, el monto de solicitudes ascendió apenas a 297, de las cuales se aprobaron 170 (un 57%). Y en 2023, el número de solicitudes despegó a 492, de las cuales se aprobaron 277 (un 56%).

A pesar de que la tasa de aprobación se redujo en 1% entre estos dos años, si comparamos las cifras entre 2022 y 2023, veremos que la cantidad de solicitudes aprobadas ascendió en un 163%.

Sin embargo, se puede decir que estas cifras no fueron suficientes. Así lo considera la Ministra Muñoz, quien atribuye esto a una falta de estrategias de comunicación para socializar el incentivo y “por los límites que la misma institución rectora (el Ministerio de Cultura) había puesto al incentivo”.

Romina Muñoz, Ministra de Cultura y Patrimonio

Según cifras entregadas por el Ministerio, en 2022 se reportó un monto total de patrocinios entregados en $7.2 millones de dólares. Y en 2023 ese monto fue de $4 millones de dólares. Si se considera que el techo presupuestario que se estableció para ambos años fue de $8 millones, entonces se puede concluir que el incentivo, sobre todo en 2023, no operó de manera óptima, alcanzando apenas el 50%.

“Entiendo que en el acuerdo anterior estaba en $250.000 el tope del aval”, cuenta Muñoz en relación a las restricciones que existían y se cuestiona el proceder de la anterior administración al decir que “si no se había utilizado ni el 30% del aval, ¿por qué pones un tope? Esas son las preguntas que nos hemos hecho casa adentro”.

Ahora, asegura la Ministra, el proceso es más ágil y están trabajando en socializarlo con el sector privado y lxs gestorxs culturales, puesto que “hay una serie de proyectos importantes y sectores productivos que quieren hacer inversiones mayores”.

Ahora sí, ¿cómo puedo hacer uso del Incentivo?

1. Tener RUC. Primero que nada, si eres artista o gestor y quieres gestionar los auspicios y patrocinios para tu evento, lo primero que debes tener es un Registro Único de Contribuyente (RUC) activo y actualizado, el cual lo emite el Servicio de Rentas Internas (SRI).

2. Estar en el RUAC. Una vez que tengas el RUC, deberás registrarte en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC) que emite el Ministerio de Cultura y Patrimonio. 

Captura de pantalla https://ruac.culturaypatrimonio.gob.ec/

Esto, además de posibilitar la gestión de conseguir patrocinios, te abre otras puertas como acceder a becas y talleres impulsados por el Ministerio, así como votar por las autoridades de la Casa de la Cultura.

Además con tu información se estará nutriendo el sistema Integral de Información Cultural, el cual sirve como una herramienta para dictar la política cultural del país.

3. Calcular costos de tu evento. Una vez que tengas RUC y RUAC deberás hacer un cálculo aproximado de los costos que tendrá tu evento y de cuánto de esos costos necesitarás a manera de patrocinio. 

4. Solicitar el aval. Con esta información ya podrás solicitar el aval que emite el Ministerio y con el cual podrás gestionar los fondos, a través de la plataforma de incentivos culturales, a la cual accedes con las credenciales del RUAC. Allí deberás subir tu proyección de costos y patrocinios. 

5. Esperar la calificación. Una vez que hayas subido tu propuesta, deberás esperar a que la unidad competente del Ministerio de Cultura y Patrimonio la califique.

6. Buscar patrocinios. Una vez que el Ministerio haya calificado tu solicitud y te hayan otorgado el aval, deberás salir a buscar los patrocinios y auspicios. Entonces deberás socializar tu proyecto con las empresas o personas que creas que puedan estar interesadas en hacer uso del incentivo. 

7. Firmar contrato y generar factura. Cuando tengas todo listo con tus patrocinadores, deberás firmar un contrato que formalice el patrocinio. Aquí encontrarás un modelo de contrato que puedes adaptar a tu propuesta. También deberás generar una factura donde se refleje el valor del patrocinio recibido.

8. Reporte de patrocinio. Con el contrato de patrocinio y las facturas correspondientes podrás dar paso al reporte que deberás subir a la misma plataforma de incentivos culturales.

9. Cierre de calificación de propuesta. Finalmente deberás realizar un trámite de cierre en la plataforma “orientado a conocer el estado de las propuestas artísticas-culturales calificadas con la finalidad de mejorar la política y la normativa vinculada a la Deducibilidad del 150%”.

Recuerda: no es caridad o mecenazgo. Quienes patrocinen tu propuesta se verán beneficiados económicamente al recibir deducciones en su conciliación del Impuesto a la Renta. También toma en cuenta que no son solo empresas las que pueden patrocinar sino personas naturales que estén obligadxs a llevar contabilidad.

A continuación, tus patrocinadorxs también deben realizar un trámite que oficialice el patrocinio y con lo cual podrán hacer uso del incentivo tributario. Para ello deberán registrarse en la plataforma de incentivos culturales, aquí, y solicitar la certificación por el patrocinio entregado.

Finalmente, una unidad del Ministerio de Cultura y Patrimonio revisará la solicitud, emitirá un informe y lo enviará a la autoridad responsable que revise el informe y emita la certificación final.

***

Esos son los pasos a seguir. Te recomendados, de igual manera, revisar toda la información que está subida en la plataforma: https://150.culturaypatrimonio.gob.ec/. Adicionalmente, el Ministerio de Cultura y Patrimonio pone a disposición el número telefónico (02) 3814550 y el correo electrónico deducibilidad@culturaypatrimonio.gob.ec para aclarar dudas.

Únete a la conversación

Tal vez te interese

Add Comment